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    ENCUENTRE RESPUESTAS A SUS PREGUNTAS

    ¿Qué significa la “neutralidad” de Internet?
    Básicamente que las empresas proveedoras de acceso a Internet no pueden bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir arbitrariamente el derecho de cualquier usuario para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red.

    ¿Cómo funcionaría la neutralidad de Internet?
    Por ejemplo, una empresa proveedora no puede entorpecer o bloquear el acceso de sus usuarios a los sitios web de empresas competidoras; o, si esa empresa tuviera un buscador, no puede impedir ni entorpecer el acceso de sus usuarios a otros buscadores. Tampoco puede decidir arbitrariamente qué tipo de información envían y reciben sus usuarios a través de la red.  Con todo, esto no evita que las empresas tomen las acciones necesarias para administrar y gestionar el tráfico de datos en sus redes, siempre y cuando ello no afecte la libre competencia.

    ¿Esto incluye el uso de hardware?
    Las empresas proveedoras no podrán limitar el derecho de un usuario a incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales y que no perjudiquen la red o la calidad del servicio. Bajo esta premisa, un usuario podría instalar en su casa su propia red inalámbrica, siempre y cuando no afecte negativamente la calidad del servicio de la empresa proveedora a sus demás suscriptores.

    ¿Qué otras obligaciones tienen las proveedoras de Internet?

    • Deberán preservar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red.
    • Podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios, sólo a pedido expreso del usuario, y a sus expensas.
    • Deberán ofrecer, a expensas de los usuarios que lo soliciten, servicios de control parental para contenidos que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres.
    • Deberán publicar en su sitio web toda la información relativa a las características del acceso a Internet ofrecido, su velocidad, calidad del enlace (diferenciando entre las conexiones nacionales e internacionales), así como la naturaleza y garantías del servicio.

    fuente: Biblioteca del Congreso Nacional

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