Tanto ciudadanos como empresas debemos pagar impuestos en Chile. Con los impuestos se obtienen los recursos para impulsar el desarrollo del país, lo que nos beneficia a todos.

Si tienes una empresa estás obligado a cumplir con tus obligaciones tributarias en los lapsos establecidos. De esta forma no solo contribuyes al desarrollo social y económico del país. También mantienes tu empresa libre de sanciones y multas.

Para facilitar el pago de los impuestos que le corresponden a tu empresa, su recaudación y administración está distribuida con responsabilidades desde los municipios hasta el Estado. Conoce en este artículo cuáles son tus obligaciones tributarias y cuándo cancelarlas.

Los impuestos que debe pagar toda empresa en Chile

En Chile toda empresa tiene obligaciones tributarias mensuales y anuales desde el momento que notifica el Inicio de actividades al Sistema de Impuestos Internos (SII). Estas obligaciones que están establecidas dentro del marco legal vigente, le son asignadas de acuerdo a la actividad que desarrolla y a la forma jurídica del tipo de empresa.

En tal sentido el SII organiza los impuestos según estos parámetros:

Impuestos Directos:

Son los impuestos que gravan los ingresos o el patrimonio de las empresas. Entre estos impuestos tenemos:

Impuesto a la Renta de Primera categoría: Contemplado en el Artículo 20 Ley de la Renta. Es el tributo que deben pagar las empresas por las utilidades obtenidas al desarrollar actividades comerciales, industriales, prestaciones de servicios, agrícolas y mineras, entre otras.

Este impuesto es calculado una vez al año, sobre la utilidad de la empresa en un ejercicio económico, por lo general de enero a diciembre. Se debe cumplir con el pago de esta obligación tributaria en el mes abril del siguiente año.

El Impuesto Único de Segunda Categoría: La obligación de este tributo está contemplada en los Artículos 42 y 43 de la Ley de la Renta. Es el impuesto que deben pagar los trabajadores dependientes en correspondencia a sus sueldos, salarios, pensiones y rentas vinculadas a éstas.

La empresa como empleador o pagador de la renta tiene el deber de retener lo correspondiente al tributo mensual del trabajador y entregarlo a las arcas fiscales de la nación.

Impuesto Global Complementario: Esta obligación tributaria está contemplada en el Artículo 52 Ley de la Renta. El impuesto debe ser pagado una vez al año por las personas naturales residenciadas en el país y cuya ganancia neta global supere las 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

El mismo es calculado sobre las ganancias, objeto de impuesto determinadas en los artículos 20, 42 y 43 de la Ley de la Renta (impuestos de Primera y Segunda categoría).

Impuesto Adicional: Es la obligación tributaria correspondiente a personas naturales o jurídicas no residenciadas en el país. La misma se encuentra establecida en los Artículos 58 y 60 inc. 1° Ley de Impuesto a la Renta.

Este impuesto debe ser pagado una vez al año y en el año en que las ganancias sean atribuidas, se retiren o distribuyan por la empresa.

Impuestos indirectos:

Son aquellos impuestos que gravan de forma indirecta, es decir, gravan el consumo o la trasmisión de bienes o derechos. Entre estos impuestos tenemos:

Impuesto a las Ventas y Servicios: Es la obligación tributaria que tienen las empresas comerciales, de servicios, industriales y mineras por las ventas y servicios que hacen. Es el Impuesto del Valor Agregado (IVA) y está en correspondencia directa con lo establecido en la Ley que rige el ramo en que se desempeña cada empresa.

Impuesto al Comercio Exterior: es el tributo que la empresa debe pagar por las importaciones que realice. Su valor es calculado con base en la suma del valor de la mercancía, la prima del seguro y el valor del flete. Es conocido como CIF.

Cabe señalar que el Impuesto a las Ventas y Servicios es calculado con base en este impuesto más el pago de Ad valorem (derecho que deben pagar las importaciones). Asimismo, que de acuerdo al tipo de mercancía es posible que la empresa deba pagar otros impuestos especiales.

Impuesto por venta o importación: Es el tributo que deben pagar las empresas por la primera venta o importación de productos suntuarios determinados así por la Ley. Además de combustibles, bebidas Alcohólicas, Analcohólicas y Productos Similares, entre otros.

Impuesto territorial

Es el tributo que debe pagar el dueño u ocupante de un bien inmueble, bien sea edificio, galpón o terreno El mismo se calcula sobre el avalúo de la propiedad y debe ser pagado una vez al año.

Beneficios del cumplimiento de las obligaciones tributarias

En Chile existen planes de beneficios tributarios, como las exoneraciones o tratos especiales, creados para motivar al empresario a participar más en el desarrollo del país e inclusive en el cuidado del planeta.

Estas medidas están pensadas para fomentar la inversión e impulsar ciertos sectores económicos, para la creación de nuevos puestos de trabajo.

Las empresas favorecidas con estos beneficios son aquellas que ejecutan programas de responsabilidad social, tales como donaciones a fundaciones o con otros fines sociales, proyectos de investigación y desarrollo.

Asimismo, aquellas que aplican métodos de producción limpia o crean y/o participan en programas para la reducción del impacto ambiental.

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