cotizaciones previsionales

¿Qué son las cotizaciones? Las cotizaciones previsionales son los aportes en concepto de jubilación que hace un empleador o empleadora para que su trabajador o trabajadora cuando llegue a la vejez pueda contar con una pensión jubilatoria y los aportes de salud son los aportes que se hacen para que el trabajador o trabajadora pueda acceder al sistema de salud público (FONASA) o privado de Isapres.

Los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia tienen el derecho a contar con el pago de cotizaciones previsionales y de salud porque así lo estipula la ley. También tienen la obligación de cotizar en algunos de estos cuatro sistemas:

1.Administradora de fondos de pensiones (AFP)
2.Instituto de Previsión Social (IPS)
3.Dirección de Previsión de Carabineros de CHile (Dipreca)
4.Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena)

En el caso de los trabajadores o trabajadoras en calidad de dependencia tienen un plazo de hasta 12 meses para que se haga el pago de sus aportes de cotización previsionales y de salud, si no se pagan sus cotizaciones pasado ese plazo se vería afectada su cobertura de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

En el caso de los trabajadores o trabajadoras en condición de autonomía o independencia el no pago de las cotizaciones afecta a la cobertura del SIS en el mes siguiente al no pago, dejando así a la trabajador o trabajadora independiente sin derecho a la cobertura del SIS en caso de invalidez o fallecimiento.

¿Quiere saber si su empleador o empleadora ha cumplido con los pagos de sus aportes?

En el caso que su empleador esté en el cumplimiento del pago de las cotizaciones previsionales y de salud de forma regular, usted debería recibir en su domicilio durante tres veces en el año (Marzo, Julio y Noviembre) un documento enviado por su AFP denominado “Cartola Cuatrimestral Resumida” que contiene un resumen detallado de las entradas y salidas de dinero de su Cuenta de Capitalización Individual (CCI) ocurrida durante los últimos 4 meses del año en curso.

El plazo en que el su empleador debe pagar las cotizaciones previsionales de durante los primeros 10 días del mes siguiente del que devengaron las remuneraciones. Si la declaración y pago de cotizaciones se hace por medio

Las cotización previsional es la pensión jubilatoría

electrónico, este plazo se extiende a los primeros 13 días del mes, aunque sean sábado, domingo o día festivo. 

¿Si mi empleador no me paga las cotizaciones, quien debe exigir la cobranza de la misma?

La Administradora de fondos de Pensiones (AFP) es la entidad encargada de tomar las acciones pertinentes al cobro de las previsiones adeudadas y sus reajustes e intereses, aun cuando el afiliado se hubiere cambiado de ella. La AFP a la que el trabajador o trabajadora haya traspasado sus fondos podrá intervenir en un juicio en calidad de coadyuvante. 

¿Cómo sé que la AFP tomó acciones de cobranza? Sólo debe revisar sus cartolas de la AFP donde está afiliado y/o consultar directamente a la AFP en caso de duda o disconformidad. En caso que no tenga respuesta puede acudir a la Superintendencia de Pensiones (SP).

¿Si mi empleador se atrasa con el pago de las cotizaciones previsionales? 

Si el empleador o empleadora se atrasa con el pago de las cotizaciones previsionales a la fecha de pago se le calcularán reajustes, intereses y multas. 

En el caso de los trabajadores independientes, se prohíbe a las AFP recibir cotizaciones de estos trabajadores o trabajadoras que no hubiesen sido pagadas en el tiempo correspondiente. 

¿Qué debe hacer el empleador que está atrasado en el pago de las cotizaciones?

El empleador o empleadora debe saber que está obligado a pagar cotizaciones mientras exista una relación laboral con un trabajador o trabajadora, y está obligado  a declarar las cotizaciones no pagadas   durante los primeros 10 primeros días hábiles del mes siguiente. Esto es lo que se conoce como “Declaración y No Pago” (DNP).

En caso que la relación laboral haya terminado y, por lo tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.

El pago de las cotizaciones previsionales y de salud es una responsabilidad del empleador y un derecho del trabajador.

Una vez cumplido dicho plazo, si no se han pagado las cotizaciones, se presumirá que están declaradas y no pagadas -por parte del empleador- para efectos de que la AFP inicie las gestiones de cobranza.

Los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo. En cambio los que hayan pagado oportunamente en los últimos 24 meses tendrán prioridad en el otorgamiento de este tipo de recursos.

Si no realiza oportunamente la declaración o si está incompleta o errónea, el empleador será sancionado con una multa a beneficio fiscal de 0,75 UF por cada trabajador afectado. 

El pago de las cotizaciones previsionales y de salud es una responsabilidad del empleador y un derecho del trabajador. 

Envíanos tu consulta

    ×